Auto4 de julio de 2007
A- de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Nixon Torres Carcamo
✓
Tema · dato duro
Solicitud De Aclaración De La Sentencia C-280 De 2007. Por Regla General No Procede La Aclaración De Sentencias De Control De Constitucionalidad Ni De Revision De Tutela. Se Admite La Procedencia Excepcional Cuando Se Cumplen Los Supuestos Previstos En El Articulo 309 Del Cpc. Rechazada Por Improcedente
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Solicitud De Aclaracion Sentencia De Constitucionalidad
- Rechazar por presentación extemporánea
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente, la solicitud formulada por el ciudadano Nixon Torres Carcamo para que se aclare la sentencia C-280 de 2007.
- Segundo. Comuniquese la presente providencia al interesado.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
✓✓✓✓✓✓✓✓✓
Humberto Antonio Sierra Porto
Ponente
Jaime Araujo Rentería
Aclaración de voto
Alvaro Tafur Galvis
Impedido
Clara Ines Vargas Hernandez
Magistrado
Jaime Córdoba Triviño
Magistrado
Manuel José Cepeda Espinosa
Magistrado
Marco Gerardo Monroy Cabra
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado
Rodrigo Escobar Gil
Presidente
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
C-280/07Liquidacion De Entidad Publica. Prohibición De Celebrar Pactos, Convenciones Colectivas Y Adelantar Negociaciones Colectivas, Que No Estén Dirigidas A Liquidar La Entidad EstatalA. 244/06Solicitud De Aclaracion De La Sentencia C-342 De 2006. Excepcionalmente La Corte Ha Admitido La Procedencia De Solicitudes De Aclaracion De Sus Sentencias, Cuando Se Cumplen Los Supuestos Previstos En El Articulo 309 Del Codigo De Procedimiento Civil. La Solicitud Ha Sido Formulada De Manera Inoportuna. RechazadaA. 018/04Aclaracion Sentencia C-041/04. NegadaA. 003/03Aclaracion Sentencia C-876/02A. 058/02Aclaracion Sentencia C-233/02A. 004/00Solicitud De Aclaracion De Sentencias C-383/99 Y C-700/99.
Ver las 8 →Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.